Trabajando por la salud de todos
Chile
Confederación Nacional
de los Trabajadores de la Salud
ART. 29°.- El patrimonio de la Confederación se compone por:
Las cuotas que la Asamblea acuerde a sus confederados conforme con este Estatuto.
Las erogaciones voluntarias que en su favor hicieren los confederados o terceros y con las asignaciones por causa de muerte.
Los bienes muebles e inmuebles que se adquieren a cualquier título, modo o condición.
El producto de los bienes de la organización.
El producto de la venta de sus activos
Las multas que se apliquen a los confederados de conformidad con este estatuto.
Los bienes que le correspondan como beneficiario de otra institución que fuere disuelta por la autoridad competente.
Las utilidades que generen las actividades comerciales de servicios, asesorías y otras que la organización desarrolle de conformidad a sus finalidades estatutarias.